La reglamentación a partir del pasado 13 de enero; en marzo llega el tercer informe de la AIF. Se actualiza el sistema judicial vaticano, además de la lucha contra el financiamiento al terrorismo
Novedades en el ámbito de la reforma financiera del Vaticano. Desde el pasado 13 de enero entró en vigore l nuevo reglamento de la AIF, la Autoridad de Información Financiera, que se ocupa de la vigilancia y de la lucha contra el lavado de dinero y contra el financiamiento al terrorismo en los entes financieros de la Santa Sede. La aplicación de las nuevas normas constituye gran parte del trabajo en el que estarán ocupados los dicasterios económicos en los próximos meses. El reglamento apenas introducido define los criterios y los estándares de «competencia, honorabilidad, gestión del riesgo, evaluación del capital» (y las eventuales sanciones relativas) que deberán seguir el IOR, la APSA y los demás organismos en los que se lleve a cabo una actividad financiera en el Vaticano.
El texto indica las normas para los dirigentes, para la tutela de los clientes y la vigilancia sobre los mismos. Se definen capítulos como la planificación de las actividades y la vigilancia interna, se especifican las relaciones con los órganos no gubernamentales, se indican los riesgos relacionados con «pagos, intermediarios y mercados», y también con algunos tipos de operaciones financieras. También se define el modelo de dirigencia a seguir; en este ámbito, destaca la petición de competencias y experiencia en el campo de la gestión financiera. Muy importante, además, la referencia a los llamados requisitos de «honorabilidad» de los dirigentes, pues, sobre el papel, se excluye la posibilidad de asignar una tarea a todos los que hayan sido condenados por «crímenes financieros, en el sector de las aseguraciones, por delitos fiscales, y quienes sean responsables de bancarrota». Tampoco podrán ser contratados quienes hayan sido suspendidos, incluso temporalmente, «de instituciones públicas», ni quienes hayan cometido delitos «contra la administración pública, el estado social o el orden público» y los bienes públicos. La parte del texto que se ocupa del uso y de la vigilancia de los instrumentos financieros usados en las transacciones es muy detallada, para ajustar por completo las estructuras de la Santa Sede. El reglamento de la AIF, por otra parte, responde a los compromisos suscritos por la Santa Sede con la Unión Europea y Moneyval (el ente del Consejo de Europa que monitorea el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo).
En relación con Moneyval, la próxima etapa debería ser la presentación, por parte de la Santa Sede, de un informe exhaustivo sobre los progresos alcanzados. Moneyval, por su parte, continuará con sus actividades de monitoreo en el Vaticano según los propios estándares. En el próximo mes de marzo, será presentado el tercer informe de la AIF, que indicará todas estas novedades (entre las que se incluye la vigilancia prudencial), y se publicarán los nuevos datos sobre las actividades sospechosas. Estas últimas deberían presentar una ligera disminución con respecto a las del año pasado (201 casos), en sintonía con la progresiva entrada en vigor de toda la legislación anti-reciclaje.
Es importante indicar que en el frente de la lucha contra el financiamiento del terrorismo, durante los últimos dos años el Vaticano (mediante el Gobernatorado), hizo suya la lista redactada por la ONU sobre los rujetos de riesgo, es decir con quienes no es posible tener relaciones de naturaleza económica y financiera. En este campo, la Santa Sede (durante las negociaciones) recordó a los diferentes órganos involucrados (como el Gafi, Grupo de Acción Financiera Internacional), que una aplicación rígida de la normativa contra el financiamiento al terrorismo implica algunos problemas. En particular, en un país en guerra en el que hay instituciones o poderes militares que forman parte de los sujetos peligrosos según las Naciones Unidas, todo aquel que desempeñe una actividad de ayuda humanitaria (una Ong católica o laica, una misión) corre el peligro de ser acusado de apoyar al terrorismo. Prácticamente, cualquier contacto o relación con estos sujetos puede convertirse en motivo de acusación. Y de esta manera, al renunciar completamente a una intervención, se corre el riesgo de no aplicar las convenciones de Ginebra sobre derecho humanitario y el deber de prestar ayuda, etc…, creando una notable discrepancia entre los diferentes niveles de legislación supranacional. Esta indicación fue acogida positivamente por parte de los organismos internacionales. Y, justamente en el ámbito de la lucha contra el financiamiento del terrorismo se debe interpretar la entrada a la dirigencia financiaria vaticana de personalidades de realidades muy diferentes entre sí (de América, Asia y Europa), que cuentan con una experiencia de elevado nivel en mundos muy distantes y, al mismo tiempo, enmarcados en los mecanismos de las finanzas globales.
En cambio, los ajustes internos de la Santa Sede no modifican solamente el sistema finaciero, sino también en judicial, tal y como lo había indicado Moneyval en sus peticiones. El problema planteado era que el Vaticano debía dotarse de un sistema judicial capaz de actuar frente a una denuncia interna; por otra parte, cuando se da la denuncia de un ciudadano de otro país, es importante que ahora el Vaticano sea capaz de ofrecer toda la información sobre el caso al país en cuestión, en un enfoque de reciprocidad e intercambio de información.
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