El bozal legal impuesto a un exlegislador por su campaña contra el aborto

El bozal legal impuesto a un exlegislador por su campaña contra el aborto

Se trata de un fallo llevado a cabo por la jueza subrogante del Juzgado de Violencia Familiar y de Género 2 de Salta luego de una denuncia realizada en contra del exdiputado provincial de dicha provincia, Andres Suriani, quien milita en un campaña en contra del aborto.

La Juez subrogante Gisela Centeno firmó un fallo a través el cual impuso un bozal legal al exdiputado provincial Andrés Suriani, en busca de impedir la campaña que lleva adelante en contra del aborto. De esta manera, no podrá hacer mención al tema, ya que se trata de una herramienta destinada a preservar ciertos aspectos de la vida personal y que, por lo tanto, no sean hablados ni mencionados por terceros. Asimismo, también procura que no se divulguen imágenes, mensajes, conversaciones privados o audios.

La determinación se debe a que una médica del Hospital Público Materno Infantil (HPMI) -apuntada por Suriani- realizó una denuncia luego de que este cargara contra ella por los abortos llevados a cabos en en el marco de la Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

Centeno pone de manifiesto -a través de una resolución- que "su honor se vio afectado" (en relación a la médica) luego de que Suriani la escrachara en un grupo de WhatsApp, en el que ella no tenía participación, pero que se viralizó.

El exlegislador reconoció lo sucedido. Sin embargo, afirmó que "el mensaje fue emitido dentro de la órbita privada, amparada en el artículo 18 de la Constitución Nacional, por lo que rechazó la acusación realizada en su contra por la médica y aseguró que lo sucedido fue como resultado de la violación de su intimidad".

En consecuencia, la jueza falló a favor de la médica hostigada y enmarcó el accionar de Suriani como "hechos de violencia de género".

En la resolución se especifica que se ejerció daño sobre la imagen médica de la víctima "cuyo regular ejercicio permite al titular oponerse a que otros individuos capten, reproduzcan, difundan o publique sin su consentimiento o el de la ley su propia imagen". Además, se subrayó que la utilización del término "sicarios" en los textos difundidos excede "a todas luces" la libertad de expresión y que generó que se "sintiera agraviada, discriminada, estigmatizada, degradada y expuesta, no solo en el ámbito laboral frente a sus pares, sino también socialmente, sintiendo temor por su grupo familiar frente a la sociedad en general, atento a la existencia de personas que se encuentran en contra de la interrupción voluntaria del embarazo”.

En tanto, Centeno dispuso “garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Argentino en materia de Salud Pública y Derechos Humanos de las mujeres, resultando dable destacar además que, la progresividad de los derechos de las mujeres en los diversos ámbitos en los que desarrolla sus relaciones interpersonales no trae aparejado la regresividad de otros derechos”.

Por último, la jueza exhortó a la estricta observancia de la normativa vigente en materia de violencia de género, tanto como la Ley Nacional 26485, Ley Provincial 7888 y las Convenciones sobre Derechos de las Mujeres que gozan de rango constitucional.

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