Será evasión agravada el uso de offshore para ocultar patrimonio

Será evasión agravada el uso de offshore para ocultar patrimonio

Hoy ingresa en el Congreso el paquete de reforma impositiva

 

La reforma tributaria que el Gobierno nacional ya puso a circular en la Cá- mara de Diputado -al cierre de esta edición no había ingresado formalmente- incluye modificaciones a la ley penal tributaria que considerarán como “evasión agravada” el uso de sociedades offshore para ocultar patrimonio, junto con cambios en la norma de procedimiento tributario que endurecerá las multas a la omisión de pago de impuestos, la prohibición de que sociedades se inscriban al monotributo y la implementación de impuestos a gaseosas, a servicios digitales y el aumento del gravamen a la telefonía celular.

El texto que se difundió ayer en la Cámara baja, de 220 páginas, reforma a través de doce capítulos el Impuesto a las Ganancias, IVA, monotributo, la Ley Penal Tributaria, la ley de Procedimiento Tributario, impuestos internos y a los combustibles, contribuciones a la Seguridad Social y el có- digo aduanero, entre otras cuestiones. Entre las novedades, más allá de lo anunciado hace dos semanas por el ministro Nicolás Dujovne cuando presentó las bases de la reforma, el texto del proyecto dispone el incremento en un punto porcentual -del 4% al 5%- de la alícuota que grava a la telefonía celular. Respecto a IVA, las modificaciones introducidas giran en torno a la inclusión como sujeto de tributación a servicios digitales, como Netflix o Mercado Libre, prestados por sujetos residentes o en el exterior. En el capitulo de Ganancias, el texto confirma que el gravamen a la renta financiera de personas físicas estará compuesto por una tasa del 5% a las ganancias mayores a $52.000 en plazos fijos, y del 15% en las colocaciones de bonos en dólares que estén bajo legislación argentina.

La ley propuesta además modifica dos leyes clave: la penal tributaria y la de procedimiento tributario. Para el primer caso, la reforma apunta a considerar como “evasión agravada” el uso de sociedades offshore para ocultar patrimonio. De acuerdo a la norma, la figura de evasión grave incluye dos supuestos no contemplados en la ley vigente: “se hubieren utilizado estructuras, negocios, patrimonios de afectación, instrumentos fiduciarios y/o jurisdicciones no cooperantes, para ocultar la identidad o dificultar la identificación del verdadero sujeto obligado y el monto evadido superare la suma de $2.000.000”, explica la norma. Las penas de prisión no fueron modificadas para ninguno de los delitos penales tributarios aunque se actualizaron los montos a partir de los cuales se considera la evasión.

Otro cambio fundamental es la ley de procedimiento tributario. La reforma prevé un aumento de las multas por omisión de impuestos pero bajará las dictadas en casos de defraudación. “Las multas por omisión, que son sin dolo, serán menos flexibles, pasan de entre 50 y 100% de lo evadido a sólo el 100%. Y las de defraudación pasarán de entre 2 y 10 veces lo evadido a entre 2 y 6”, explicó a este diario Diego Fraga, socio del estudio RCTZZ. Por otra parte, la nueva ley estipula multas altas (de hasta 900.000 pesos) a empresas multinacionales que no cumplan con requisitos de información a la AFIP en el marco del “Informe País por País” que realiza la OCDE. Este capítulo de la reforma tributaria busca, además, endurecer las condiciones por las cuales el fisco puede clausurar (incluso las que son de forma preventiva): para el primer caso, se agregarán como motivos que la mitad de los empleados no estén registrados, mientras que en los procedimientos preventivos AFIP podrá actuar cuando una misma falta se hubiera realizado repetidamente en los últimos dos años, por lo que duplicó el lapso considerado. Respecto al monotributo, la ley prohibirá, como actualmente se permite, que sociedades estén inscriptas en ese régimen.

Por otra parte, un capítulo de la reforma tributaria establece la creación de una unidad de valor para la AFIP: la Unidad de Valor Tributaria (UVT). De acuerdo a la norma, el Gobierno deberá enviar un proyecto de ley especial para reglamentar la nueva denominación y establecer la conversión inicial a pesos, que luego serán actualizados a través del Índice de Precios al Consumidor del Indec.

Comentá la nota