Otro cambio radical del Papa: eliminó privilegios judiciales de cardenales

Otro cambio radical del Papa: eliminó privilegios judiciales de cardenales

En un nuevo decreto, modificó el ordenamiento judicial; de ahora en más purpurados y obispos serán juzgados como todos los demás

 

Sigue la ofensiva de Francisco para que las cosas cambien radicalmente en el Vaticano y para que ya nadie cuente con privilegios de vieja data. Al día siguiente de haber promulgado una ley anticorrupción para directivos vaticanos, con un nuevo decreto modificó hoy el ordenamiento jurídico para que todos pasen a ser iguales antes la ley de cometer delitos penales y, especialmente, para que cardenales y obispos sean juzgados en el Vaticano como todos los demás.

Con un nueva carta apostólica en forma de “motu proprio” (por decisión propia) “sobre modificaciones en tema de competencia de los órganos judiciales del Estado de la Ciudad del Vaticano”, firmada y difundida hoy, el Papa cambió algo esencial, sobre todo a la luz de la defenestración, en septiembre del año pasado, del cardenal italiano Angelo Becciu, exsustituto de la Secretaría de Estado y hasta hace poco uno de los personajes más influyentes de la Santa Sede. En medio de gran hermetismo, Becciu está siendo investigado por los fiscales del Vaticano por malversación de fondos de la Secretaría de Estado relacionados con la millonaria compra de un inmueble en Londres, entre otras irregularidades y se espera que pronto sea procesado.

Tal como explicó Vatican News, el portal del Vaticano, a partir de ahora los cardenales y obispos acusados de delitos penales por los magistrados del Vaticano, si son enviados a juicio, serán juzgados por el Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano como todos los demás, y no por un Tribunal de Casación especial, presidido por un cardenal, como ocurría hasta ahora. Esa es, justamente, la gran novedad introducida por el motu proprio del papa Francisco, que cambió el ordenamiento jurídico del Estado vaticano promulgado en marzo de 2020.

El papa Francisco, en efecto, en base a un principio de igualdad de todos los miembros de la Iglesia, decidió abolir el artículo 24 del ordenamiento, que preveía que los cardenales y obispos acusados de delitos penales en el Estado Vaticano pudieran recurrir al Tribunal de Casación, compuesto por tres cardenales y dos o más jueces aplicados.

El cambio en la legislación se produce después de la intervención que el propio papa Francisco hizo cuando se inauguró el año judicial en el Vaticano, el 27 de marzo pasado. Entonces, tal como recordó en el motu proprio, destacó “la necesidad prioritaria de que —también mediante los oportunos cambios normativos— en el actual sistema procesal aflore la igualdad de todos los miembros de la Iglesia y su igual dignidad y posición, sin privilegios que se remontan a otros tiempos que ya no están en consonancia con las responsabilidades que le corresponden a cada uno en la aedificatio Ecclesiae (edificación de la Iglesia). Esto requiere solidez en la fe y coherencia en el comportamiento y las acciones”.

“Partiendo de estas consideraciones, se advierte hoy la exigencia de proceder a algunas modificaciones del ordenamiento judicial, también al fin de asegurarle a todos un juicio articulado en más grados y en línea con las dinámicas seguidas por las más avanzadas experiencias jurídicas a nivel internacional”, explicó.

Los cardenales y obispos enviados a juicio por delitos penales comunes (no relacionados con la violación de las leyes eclesiásticas reguladas por el Derecho Canónico), por lo tanto, pasarán a ser juzgados como todos los demás por el mismo Tribunal vaticano, según los tres grados de juicio.

Según el nuevo decreto, de todos modos, no cambia y sigue siendo necesaria la autorización previa del Pontífice para llevar a juicio a cardenales y obispos. Algo similar ocurre en los Estados que prevén una autorización a proceder de los Parlamentos para juzgar a jefes de Estado o ministros.

Elisabetta Piqué

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