Ley de Góndolas: el Gobierno definió qué deberán cambiar los comercios

Ley de Góndolas: el Gobierno definió qué deberán cambiar los comercios

La Secretaría de Comercio Interior publicó las pautas de competencia en minoristas y mayoristas. Los requisitos que comenzarán a regir en 30 días. Qué dice sobre pagos, promociones, exhibición y las inspecciones.

 

La Secretaría de Comercio Interior estableció un nuevo Código de Buenas Prácticas Comerciales para supermercados y proveedores, con el objetivo de ultimar los últimos detalles para que en 30 días comience a regir la Ley de Góndolas, que busca un trato equitativo entre pequeñas y grandes marcas en las cadenas de supermercados. 

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El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación lo creó hoy a través de la Resolución  340/21 publicada en el Boletín Oficial.  "El eje principal de esta reglamentación es la promoción del trato igualitario hacia todos los diferentes proveedores por parte de todos los comercios", detalló el documento oficial. 

Uno de los principales cambios que deberán hacer los supermercados de acuerdo al nuevo Código es que todos los productos deberán exhibirse de manera uniforme en estantessin estructuras colgantes que distorsionen la superficie de exhibición.

PUNTO POR PUNTO, LAS OBLIGACIONES DE LOS COMERCIOS:

 

PAGOS:

 Entre pequeños y grandes proveedores los plazos y las modalidades de pago deberán ser las mismas en condiciones, prácticas y situaciones similares. "Este punto resulta fundamental para equilibrar las relaciones comerciales y que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan sostener su permanencia en las góndolas", explicó la resolución. 

 

EXHIBICIÓN:

También deberán ser ecuánimes en condiciones de exhibición, devolución de envases retornables, reposición, logística y distribución. El nuevo Código plantea que todos los productos deberán exhibirse de manera uniforme en estantes, sin estructuras colgantes que distorsionen la superficie de exhibición  las góndolas deben estar ordenadas conforme a las categorías establecidas por la Autoridad de Aplicación y el formato de cada punto de venta debe colaborar con una comparación rápida y accesible entre productos similares o sustitutos. 

 

ACUERDOS CON PROVEEDORES:

 Se prohíbe expresamente a los comercializadores exigir la entrega de mercadería gratuita o con bonificaciones para su alta de comercialización en los puntos de venta y realizar acuerdos de provisión que le impongan al proveedor seguros o anticipos con condiciones financieras discriminatorias. No podrán exhibirse productos que induzcan a engaño a los consumidores respecto al precio, origen y demás características, ni condicionarse la venta de un bien por la adquisición de otroProhíbe subordinar la compra de un producto a un proveedor en particular de restringir o vedar su relación comercial con otro comercializador. Anula cualquier conducta de los proveedores que tienda a intervenir, decidir o establecer condiciones que afecten el normal desenvolvimiento de su competencia.

 

De acuerdo a lo que dicta el Código, esta norma la deberán cumplir los comercios alcanzados por la Ley Nº27.545 que tengan una facturación bruta anual superior a los $300.000.000 de unidades móviles según lo establece la Ley de Defensa de la Competencia (N°27.442). 

De todos modos, permite que voluntariamente los comercios que lo deseen adopten este Código de Buenas Prácticas Comerciales.

INSPECCIONES EN LOS GRANDES SUPERMERCADOS:

 

Semanas atrás, se oficializó el reglamento que regirá en los supermercados por la implementación de la nueva Ley. La secretaría de Comercio Interior, que preside Paula Español, será la encargada de controlar el cumplimiento de la norma y aplicar sanciones de encontrar un incumplimiento. 

Los establecimientos "deberán facilitarles a los inspectores el acceso a todas las áreas de exhibición que existan para controlar el cumplimiento de la ley".

 

 

 

 

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