Fondos de Infraestructura Municipal: vuelve a tratarse en Hacienda la solicitud del desembolso

Fondos de Infraestructura Municipal: vuelve a tratarse en Hacienda la solicitud del desembolso

El expediente solicita al Ministerio de Haciendas y Finanzas de la Provincia que "arbitre los medios necesarios" para el envío de fondos destinadas a obras.

El proyecto del bloque de Vamos Juntos, que había quedado en comisión la semana anterior, volverá a tratarse este miércoles en la comisión de Hacienda. Fechado en mayo de este año, el expediente solicita a Provincia que envíe los Fondos de Infraestructura Municipal (FIM)

Según la Ley 15.310, sancionada al finalizar 2021, establece en su artículo 53 la creación del FIM por el monto de hasta $17.000.000.000 que deben ser destinados a financiar obras en materia hidráulica, vial, en energía, transporte, vivienda, sanitaria y hospitalaria. 

La Ley establece además que el 30% del total debía enviarse antes del 31 de marzo del 2022, algo que hasta el momento no habría sucedido. A General Pueyrredón le corresponde $560.000.00 en total, por lo que debería haber recibido anticipadamente $168.000.000.

El argumento para solicitar al Ministerio de Haciendas y Finanzas de la Provincia que "arbitre los medios necesarios" se basa en el incumplimiento de los plazos establecidos por la Ley de Presupuesto General y la perdida de poder adquisitivo en el marco de la creciente inflación.

Las condiciones para el envío

La Dirección Provincial de Planificación Municipal de la Obra Pública es el organismo encargado de corroborar que los municipios cumplan con los requisitos necesario para recibir el dinero.

1. La sujeción del proyecto de obra a las necesidades de la Provincia en materia de infraestructura, la no superposición con otros proyectos de idéntico objeto en ejecución o en proceso de ser ejecutados, su conveniencia y, a través de las áreas competentes, la viabilidad del proyecto, la razonabilidad del monto presupuestado y la disponibilidad presupuestaria.

2. En ningún caso el Municipio podrá utilizar los fondos percibidos para financiar gastos corrientes.

3. En caso que la obra se ejecute mediante terceros, el Municipio deberá remitir una copia certificada del contrato, así como de las modificaciones que se produzcan durante su ejecución". También se detalló que cada distrito "será responsable exclusivo de la ejecución y/o contratación, inspección y certificación de la obra contenida en el Proyecto, así como de su posterior conservación y mantenimiento".

El reclamo de los intendentes por las obras

Al momento de realizarse la Rendición de Cuentas 2021, la Secretaría de Obras fue una de las principales apuntadas por la escasa ejecución presupuestaria: tan solo el 22%. Dentro de los argumentos que explican el bajo porcentaje está que gran parte del financiamiento para la infraestructura proviene de Nación y Provincia.

Este es el caso del Fondo de Infraestructura Municipal. 

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