EDESUR deberá indemnizar a la madre de un joven fallecido por una descarga eléctrica

La madre de un joven que falleció como consecuencia de una descarga eléctrica en la calle, demandó a la empresa EDESUR y la Justicia falló a su favor. Así, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil responsabilizó a la firma por los daños y perjuicios derivados de la muerte del joven y tendrá que indemnizar a la familia en un millón de pesos.

El menor que falleció cuando se encontraba caminando por la calle, sufrió un resbalón y se agarró de un cable que colgaba del tendido eléctrico que le generó una descarga eléctrica. Ahora, la empresa que se encarga del suministro de energía eléctrica tendrá que responder por el descuido.

En tanto, según diariojudicial.com, los miembros de la Sala F, José Luis Malgarini, Eduardo Zannoni y Fernando Posse Saguier, rechazaron los argumentos de EDESUR y determinaron que “se encuentra fuera de discusión el carácter riesgoso que representa un cable que transporta electricidad”. Además determinaron que “la presencia de un daño causado por la cosa la que muestra su carácter riesgoso, ya que el riesgo se muestra dañando”.

“La responsabilidad de la empresa prestataria de energía eléctrica no sólo emana del carácter de propietaria de las instalaciones sino de la obligación de supervisión que es propia de su actividad, lo que obliga a ejercer una razonable vigilancia de las condiciones en que el servicio público se presta, para evitar consecuencias dañosas”, indicaron los magistrados.

De esta forma, la sentencia deja en claro que la firma “no puede desligarse de sus facultades de contralor habida cuenta de la especialización del servicio que presta, y por la necesidad de garantizar la seguridad”, ya que en este caso se trata de una empresa con fines de lucro que obtiene un provecho económico.

Asimismo, la decisión final de los jueces se basó en parte en que la empresa no probó haber cumplido con su deber de supervisión, realizando inspecciones o tomando medidas para evitar esta clase de situaciones, teniendo en cuenta la alta peligrosidad del fluido eléctrico que circula por los cables.

Es así, que EDESUR deberá afrontar la sanción impuesta según lo determinó la justicia, por no controlar las instalaciones eléctricas, por lo que se consideró no cumplió con sus obligaciones y tendrá que abonarle a la madre del menor fallecido la suma de $1.050.000 en concepto de daño moral y valor vida.

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