Cuatro claves para entender los controles de cambio que instauró el Banco Central

Cuatro claves para entender los controles de cambio que instauró el Banco Central

Limitó la compra para atesoramiento, con la idea de que no afecte a los minoristas. También apura la entrada de sojadólares. Trata de limitar el "contado con liqui" y la precancelación especulativa de deudas en dólares. Deja libre el camino para gastos turísticos.

 

El decreto 609 publicado hoy en el Boletín Oficial le da al Banco Central (BCRA) la potestad de introducir cambios en las regulaciones cambiarias y bancarias en tres de sus artículos. Este mandato fue puesto en práctica a través de la comunicación A 6770 publicada hoy por la autoridad monetaria. Para conocer más sobre el alcance y las implicancias de esas modificaciones a la normativa actual, elaboramos una breve guía punto por punto.

Límites a la compra de divisas para atesoramiento

El segundo punto del decreto le ordena al BCRA establecer límites para las compras de divisas con fines de atesoramiento, aunque con regímenes diferenciados si el comprador es una persona humana o una persona jurídica (empresas).

 

Ahorristas particulares. Los controles de cambios a las personas humanas serán más laxos que para las personas jurídicas. 

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Desde mañana, habrá un límite de compra de divisas para atesoramiento de hasta u$s 10.000 por persona y por mes. Compras por encima de esos u$s 10.000 requerirán conformidad previa del BCRA que serán analizadas caso por caso.

Según datos del último informe de Evolución del Mercado de Cambios y Balance Cambiario, en julio el las compras de billetes hasta u$s 10.000 representaron el 69% del total de operaciones realizadas por personas humanas.

Dos aclaraciones importantes de operaciones que no se ven afectadas por las nuevas normas: nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas bancarias, ni personas físicas ni jurídicas. No hay restricciones sobre viajes.

Empresas. La regulación para la compra de divisas para atesoramiento por parte de personas jurídicas será más estricta. 

En primer lugar, las empresas que quieran hacer compras en el mercado de cambios para atesoramiento deberán contar con conformidad previa del BCRA sin importar el monto. Lo mismo si se trata de operaciones cambiarias para el giro de utilidades o dividendos. Para fines prácticos, estas dos opciones quedan severamente restringidas.

Las empresas, sin embargo, podrán operar normalmente en el mercado de cambios para el pago de importaciones o deudas. 

¿Qué cambia? Se limita la compra de divisas para atesoramiento a partir de los u$s 10.000 por mes para ahorristas particulares, mientras que directamente se impide para empresas. Además, queda trabada la compra de divisas para el giro de utilidades y dividendos. Todo esto era libre hasta el viernes.

¿Qué busca la regulación? Moderar la demanda por divisas, aunque con la intención de que el peso de las restricciones recaiga más sobre empresas que sobre individuos. Y, en este último punto, que recaiga sobre el 31% de los compradores, que hasta julio era la proporción de los ahorristas que compraban más de u$s 10.000 por mes.

Liquidaciones de exportaciones

El primer punto sobre el que se focaliza la batería de medidas es sobre el plazo de liquidación de exportaciones. Esto es, sobre el momento en el que las empresas que hacen ventas al exterior se verán obligadas a cambiar los dólares que obtengan en el mercado cambiario.

 

Las empresas que exportan van a tener que liquidar las divisas de sus ventas al exterior en el mercado local según plazos muy estrictos.

Deberán liquidar sus divisas dentro de los 5 días hábiles posteriores al cobro de la operación o 180 días después del permiso de embarque. El plazo más corto que surja de aplicar estos dos topes.

Para exportaciones de commoditties las normas serán aún más estrictas. Esos 180 días se reducen a 15.

¿Qué cambia? Se reestablece un límite de tiempo para el ingreso de divisas al mercado cambiariolocal resultado de ventas al exterior, algo que había sido eliminado por esta administración. 

¿Qué busca la regulación? El objetivo de estas normas es generar más oferta de divisas en el mercado cambiario, con la intención de que el mayor flujo de oferta ayude a calmar los movimientos del dólar. Y el mayor peso de la regulación recae sobre exportadores agrícolas. Busca sumar sojadólares al mercado.

Trabas para que bancos operen dólar "contado con liquidación"

Una tercera disposición del decreto apunta a minimizar la formación de una cotización paralela del dólar, por ejemplo la que se conoce como "contado con liquidación".

 

Como existen bonos soberanos que cotizan en el mercado secundario tanto en pesos como en dólares, cuando se introducen controles de cambio es común que la relación entre el valor en moneda local y el valor en moneda extranjera de esos papeles se ajuste a una tasa simlar al dólar paralelo o blue. De esa manera, queda abierta una ventana para operaciones cambiarias encubiertas que no son ilegales como el paralelo.

Según pudo averiguar este diario, las trabas limitan exclusivamente a los bancos. Todo el resto de los inversores, personas jurídicas o humanas por igual, podrán continuar operando bonos sin restricciones. Los bancos, por su parte, no podrán operar bonos contra dólares. Lo que les impide aprovechar para si mismos ese tipo de cambio alternativo.

El viernes la brecha entre el dólar mayorista oficial y el contado con liquidación (CCL en la jerga) empezó a abrirse en un desdoblamiento cambiario de hecho, en la medida en que los operadores preveían la cercanía de la imposición de controles de cambio.

¿Qué cambia? El contado con liquidación se podrá seguir operando, pero los bancos no podrán sumarse.

¿Qué objetivo se busca con la regulación? La idea es restarle volumen a esa plaza cambiaria legal pero paralela. De todas formas, va a existir como alternativa para cualquier ahorrista o empresa, sin límites de monto de ninguna clase.

Otras regulaciones

Además, la batería de medidas cambiarias establece varias otras restricciones de las que rescatamos algunas de las más relevantes.

1) No habrá acceso al mercado cambiario para quienes pacten deudas u obligaciones en moneda extranjera a partir de hoy. Las pactadas hasta el 30 de agosto tendrán acceso libre.

2) Trabas a no residentes. Se establece la conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios por parte de no residentes por montos superiores al equivalente a u$s 1000 mensuales en el conjunto de entidades autorizadas a operar en cambios (quedan exceptuados organismos internacionales, representaciones diplomáticas y otros).

3) Precancelación de deudas. Para evitar adelantos de compras de divisas para el pago de obligaciones en moneda extranjera que vencen en el futuro, las normas también ponen límites a la precancelación de estas operaciones. "Se requerirá la conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado local de cambios para la precancelación con más de 3 días hábiles antes al vencimiento de servicios de capital e intereses de deudas financieras con el exterior" y "se establece el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para la precancelación de deuda por importaciones de bienes y servicios", detalla la norma del BCRA.

4) Operaciones intra-empresas. Se establece el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para pagos de deudas vencidas o a la vista por importaciones de bienes con empresas vinculadas del exterior cuando supere el equivalente a u$s 2 millones mensuales por cliente residente.

5) Libre curso a operaciones de tarjetas de crédito por turismo y viajes. Se establece el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para el pago de servicios con empresas vinculadas del exterior, excepto para las

emisoras de tarjetas por los giros por turismo y viajes. 

6) Fuerzan a bancos a vender más dólares propios. En medio de la batería de medidas, los bancos tienen una sorpresa. El BCRA vuelve a bajar su "posición global neta de moneda extranjera" del 5% al 4% de su patrimonio. La medida tendrá como efecto algo más de oferta de divisas en el mercado cambiario mayorista, algo marginal, al tiempo que evitará que las entidades financieras demanden divisas.

 

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