Basura: rechazan amparo a empresa

Basura: rechazan amparo a empresa

Una firma brasileña quería participar de la licitación a destiempo y fue a la Justicia.

La jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Undécima Nominación María Fernanda Aré Wayar rechazó la acción de amparo que fuera presentada por las empresas Vega Engenharia Ambiental S.A. y TGLT S.A. en contra de la Municipalidad de la Ciudad de Salta.

Los amparistas pretendían que a) se declare la inaplicabilidad y/o inconstitucionalidad de los arts. 10 y 11 del pliego de bases y condiciones generales de la licitación pública nacional N§ 05/2020, en cuanto impide la participación de empresas cuyos antecedentes no correspondan a servicios prestados en el territorio nacional y se trate de empresas constituidas en el extranjero; b) se permita a la actora participar como oferente en el aludido procedimiento licitatorio, en igualdad de condiciones con el resto de los participantes nacionales y c) ordene a la demandada la readecuación de los plazos del procedimiento licitatorio.

"En orden a los recaudos formales de admisibilidad de la acción, cabe decir que de la lectura del libelo inicial y análisis de la prueba documental acompañada por las partes, se desprende que no es la acción de amparo la vía adecuada para el reclamo aquí intentado", señaló la jueza y recordó que si la empresa consideraba que algunas disposiciones contenidas en el pliego de bases y condiciones generales vulneraba sus derechos constitucionales "debió entablar la acción de inconstitucionalidad por ante la Corte de Justicia, por ser la vía específica para impugnar una ley, decreto, reglamento u ordenanza de conformidad a lo dispuesto por el art. 704 del Código Procesal Civil y Comercial, lo que no hizo".

Advirtió también que las empresas amparistas tuvieron el tiempo suficiente para realizar la consulta de pliegos y evaluar su participación en el procedimiento licitatorio. La consulta de pliegos podía ser, de acuerdo al cronograma respectivo, entre el 22 de julio y el 18 de agosto. Pero el 14 de agosto se presentó un abogado con una nota señalando el interés de ambas empresas en participar del procedimiento, cuestionando allí los dos artículos del pliego de bases y condiciones.

Aquella presentación fue desestimada por la comisión evaluadora con fundamento en la extemporaneidad de la misma. La jueza marcó que las empresas debieron impugnar dicho acto administrativo, peticionando incluso la suspensión de su ejecución. "No obstante ello, lejos de agotar la vía recursiva, e intentar suspender la ejecución, la actora consintió el acto administrativo dictado en su contra y dedujo la acción de amparo", explicó la magistrada.

Será el 16

En tanto, la apertura de sobres con los antecedentes de las empresas que participan de la licitación para brindar el servicio de higiene urbana que estaba prevista para el martes 14 de septiembre pasó para el jueves 16.

La medida obedece al cierre total de actividades para la administración pública hasta el 15 de septiembre inclusive.

 

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