La legislación establece un "beneficio extraordinario" para los herederos de las víctimas y para aquellas personas que sufrieron lesiones gravísimas en el atentado a la mutual judía; se trata de un pago único estimado en 1,5 millones de pesos.
Hoy se oficializó la indemnización para los sobrevivientes y familiares de víctimas del atentado a la AMIA, que el Congreso convirtió en ley, por voto unánime, hace casi un mes.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial y fue promulgada por el Decreto 838/2015, que lleva la firma de la presidenta Cristina Kirchner.
La ley establece que los familiares y derechohabientes de las víctimas fatales percibirán una indemnización para "reparar los daños reales sufridos por las personas lesionadas" por un monto equivalente a 100 veces el ingreso Nivel A grado 0 del Sistema Nacional de Empleo Público.
Quienes acrediten lesiones gravísimas percibirán el equivalente al 70 por ciento de ese total y quienes acrediten haber sufrido lesiones graves accederán al 60 por ciento. El cálculo arroja una cifra cercana a $ 1,5 millón para quienes cobren el máximo resarcimiento.
La iniciativa se demoró en debate ante las dudas que generó una cláusula que obliga a quienes hayan iniciado acciones legales a desistir de la causa para acceder al beneficio. El problema surgió a raíz de que los abogados del Estado no pueden desistir de exigir las costas, a riesgo de ser acusados de incumplimiento de sus funciones. Pero finalmente se impuso la postura del Poder Ejecutivo.
"Si existieren acciones judiciales contra el Estado nacional fundadas en los mismos hechos u omisiones a que se refiere la presente ley, al tiempo de solicitar el beneficio extraordinario que la misma establece, quienes pretendan acogerse a éste deberán desistir de la acción y del derecho ejercitados en los respectivos procesos y renunciar a entablar futuras acciones judiciales por la misma causa", reza el polémico artículo 11.
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