Compañías de servicios tendrán devolución de IVA

Compañías de servicios tendrán devolución de IVA

Será para operaciones de compra de bienes

 

Las empresas que brindan servicios públicos podrán pedir la devolución de saldos favorables de IVA tal como lo hacen actualmente los exportadores, de acuerdo a las modificaciones de ese impuesto incluidos en el proyecto de reforma tributaria del Gobierno nacional. El beneficio apunta a empresas “cuya tarifa se vea reducida por el otorgamiento de subsidios” por parte del Gobierno nacional. La devolución será habilitada para los saldos originados de créditos fiscales “que se facturen por la compra, fabricación, elaboración, o importación definitiva de bienes” y por las “locaciones de obras y/o servicios”.

La extensión del régimen de saldos favorables de la ley de IVA está estipulada en el artículo 92 de la reforma impositiva enviada por el Ministerio de Hacienda a la Cámara de Diputados. En el breve capítulo en que introduce modificaciones al Impuesto al Valor Agregado, ese artículo prevé la extensión del régimen de devolución de saldos favorables que actualmente beneficia a exportadores a empresas de servicios públicos. Estarán incluidos, entonces, “los sujetos que desarrollen actividades que califiquen como servicios públicos cuya tarifa se vea reducida por el otorgamiento de sumas en concepto de subsidios, compensación tarifaria y/o fondos por asistencia económica, efectuados por parte del Estado Nacional en forma directa o a través de fideicomisos o fondos constituidos a ese efecto, tendrán derecho al tratamiento previsto en el artículo 43 de esta ley, respecto del saldo acumulado”.

Los montos máximos anuales que el Gobierno permitirá que sean devueltos por la AFIP a las empresas de servicios públicos será determinado por la reglamentación posterior dictada por el Gobierno nacional.

De acuerdo a datos del organismo tributario, en los primeros diez meses del año el fisco devolvió saldos favorables de IVA a exportadores por unos 50.000 millones de pesos. En ese mismo lapso del año pasado los reintegros de IVA habían alcanzado los 24.000 millones.

La modificación más importante en este gravamen tiene que ver con la inclusión de servicios digitales como pasivos de impuesto, entre ellos Netflix y Spotify. La intención del Gobierno es gravar a aquellas firmas digitales con sede en el extranjero que incluyan “prestaciones tales como acceso o descarga de video, música, juegos u otros contenidos consumidos en el país”. Asimismo, buscarán que la retención sea realizada “a través de los agentes pagadores involucrados”, al momento en que el usuario efectúa el pago mediante las tarjetas.

Comentá la nota