Apelan sobreseimiento de empleado de AFI que insultó y amenazó a ex jefa

Apelan sobreseimiento de empleado de AFI que insultó y amenazó a ex jefa

El titular de la Fiscalía General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, Germán Moldes, lo sostuvo ante la Sala I de ese cuerpo, contra Juan Ignacio Corral y por denuncia de Mariana Shaalo, a cargo de la Dirección Administrativa y de Comunicación Pública de la Agencia Federal de Inteligencia. 

 El titular de la Fiscalía General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal argentina, Germán Moldes, sostuvo ante la Sala I de ese cuerpo y en el marco del expediente CFP 10972/2016 la apelación del sobreseimiento por inexistencia de delito de Juan Ignacio Corral, quien insultó con agravios antisemitas y amenazó a su ex jefa Mariana Shaalo, a cargo de la Dirección Administrativa y de Comunicación Pública de la Agencia Federal de Inteligencia. El 22 de junio pasado, el imputado fue a reclamar por su traspaso a otra área del organismo y la secretaria de la víctima, Luciana Rodríguez, le propuso acordar una entrevista con ella, lo cual generó que Corral anticipara que lastimaría a su ex jefa cuando la viese. Al día siguiente, éste le envió los siguientes mensajes de WhatsApp a su ex compañera María Carolina Aparicio: “Hoy no me dejaron entrar, me echaron, así que Marian se dio el gusto, judía hija de p… la que le espera, pobre. Así que Caro si podes mandale un beso a la moishe de mier… esa y que tengo buen material de ella que ya van a verlo ustedes también” [sic]. La testigo le reenvió el amenazante agravio a su jefa y amiga Shaalo. “El dolo requerido por el tipo legal se encuentra presente […] como voluntad realizadora del tipo guiada por el conocimiento de los elementos constitutivos del mismo”, ya que “Corral conocía la entidad del mensaje proferido en ambas oportunidades en que anunciara un mal físico primero y moral después”, aseguró Moldes respecto de la intencionalidad del acusado. Asimismo, “advierto que el magistrado al abordar la naturaleza antisemita de los mensajes se refirió y analizó la situación bajo los parámetros del art. 1 de la ley 23.592 que se refiere al carácter de ilícito civil del acto discriminatorio, cuando debió abordar en todo el caso la viabilidad de la aplicación de la agravante prevista por el art. 2 de la misma ley”, lo cual reclamó el fiscal.

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