La AFIP niega un recálculo especial de anticipos por la baja de Ganancias al 30%

La AFIP niega un recálculo especial de anticipos por la baja de Ganancias al 30%

Mientras que los contadores piden a la AFIP que reduzca los anticipos del Impuesto a las Ganancias de sociedades que empiezan a vencer este miércoles de acuerdo a la reforma, el organismo salió ayer con un comunicado a recordar a las empresas que "tienen la posibilidad de solicitar la reducción del valor de los anticipos, cuando estimen que superarán al impuesto que determinen al final del ejercicio 2018".

César Litvin, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc, dijo que "sin perjuicio de este recordatorio, debería salir una resolución de la AFIP que determine el recálculo de los anticipos teniendo en cuenta la baja del 35% al 30% de la alícuota del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2018.

 

 

Es que "la opción estará disponible a partir del primer anticipo que vence del 13 al 15 de este mes, siempre que la estimación preliminar arroje una diferencia superior al 40% respecto del impuesto a determinar", precisó el comunicado.

 

 

Si la diferencia fuese menor al 40%, el contribuyente podrá solicitar la reducción del anticipo a partir de la cuota que vence en octubre próximo (quinta del cronograma de un total de 10), puntualizó la AFIP.

 

 

Esta alternativa es relevante por los cambios introducidos tanto por la reforma tributaria como por la ley de financiamiento productivo, comentó el organismo, y añadió que "la reforma tributaria dispuso la reducción de la alícuota del 35% al 30% del impuesto para las sociedades", mientras que "la ley de financiamiento productivo estableció que los fideicomisos financieros y los fondos comunes de inversión cerrados no tributen Ganancias por las utilidades a partir del 1º de enero de 2018, siempre que cumplan con determinadas condiciones y los inversores las declaren por su cuenta".

 

 

Litvin también se quejó de que en el primer anticipo haya que pagar 25% del impuesto a ingresar en diciembre, seguido de otros 9 anticipos de 8,33%.

 

 

"Ese 25% es mucho dinero para poder conseguirlo un mes después de haber ingresado el impuesto correspondiente a 2017", enfatizó Litvin, y propuso volver a un régimen anterior a 2000, con 11 anticipos de 9% cada uno.

 

 

Las sociedades anónimas, las sociedades por acciones simplificadas, las sociedades por responsabilidad limitada, entre otras, con cierre diciembre, presentaron en mayo su declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2017 aplicando la alícuota del 35%

 

 

La reforma tributaria disminuyó a 30% la alícuota del Impuesto a las Ganancias de las empresas para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero pasado hasta el 31 de diciembre de 2019.

 

 

Esta semana, el miércoles 13; jueves 14 y jueves 15, vence el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias de las compañías del período fiscal 2018.

 

 

La AFIP ya tomó una medida parecida a la que piden los sociedades el año pasado para el caso de personas humanas y sucesiones indivisas, cuando recalculó de oficio los anticipos del período fiscal 2017 en función de la ganancia neta sujeta a impuesto declarada por el contribuyente para el período fiscal 2016 y de los nuevos importes de las deducciones personales y los tramos de las escalas del impuesto aplicables para el período fiscal 2017, consideró Sebastián M. Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.

 

 

Según Domínguez, "la AFIP debería dictar ahora una resolución a través de la cual disponga el recálcalo de oficio de los anticipos para los cierres diciembre 2018 en adelante, adecuando las alícuotas al 30%, e incluso al 25% para los cierres que se inicien a partir del 1º de enero de 2020".

 

 

Para la AFIP, la forma tradicional de pedir la reducción de anticipos "evita que el contribuyente adelante anticipos en exceso y genere un saldo a favor en la declaración jurada que se presentará en 2019".

 

 

Para hacer uso de este beneficio las sociedades deberán acceder con clave fiscal al Sistema de Cuentas Tributarias y seleccionar la opción reducción de anticipos, añadió la AFIP.

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